Introducción a los Derechos Humanos





Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.

Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son  interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.
El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho
internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito. La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás. Las normas internacionales más importantes relativas a los derechos humanos se pueden encontrar en el marco de los Instrumentos de Derechos Humanos.
A nivel nacional la mayoría de los países han adoptado y aplicado los derechos humanos en la legislación nacional. Hemos cubierto así como los acuerdos regionales sobre los derechos humanos y las publicamos bajo el área geográfica, como África, América, Asia, Oriente Medio, Europa y Oceanía.
Temas específicos incluyen las normas internacionales sobre el derecho a la vida, la protección contra la tortura, derecho a la libertad ya la seguridad de la persona, el acceso a la justicia, derecho a la intimidad, la libertad de expresión y la libertad de asociación.
La categoría de Jurisprudencia da referencia a las más importantes bases de datos con acceso rico a los casos sobre la violación de los derechos humanos. Incorpora la jurisprudencia de los tribunales, las decisiones de casos individuales y abarca la interpretación de los estatutos por los tribunales, las disposiciones constitucionales, las normas administrativas y, en algunos casos, el derecho originario exclusivamente de los tribunales. La categoría de Opiniones Legales ha destacado los casos internacionales y nacionales de abogados, expertos en derecho. Estas opiniones escritas formalmente de expertos dicen cual es la ley sobre los derechos humanos, cómo los interpreta la corte y cómo se aplican a las circunstancias específicas. Interpretación de los derechos humanos por las Naciones Unidas y los demás es otra categoría en la que hemos puesto la interpretación del contenido de las disposiciones de derechos humanos que figuran en la compilación de observaciones generales y recomendaciones generales adoptadas por órganos de derechos humanos-Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos.
Tener acceso al recurso jurídico contra las violaciones de los derechos humanos es esencial.


"IGUALDAD de derechos o DERECHO a la igualdad de DERECHOS"


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